Aumentar penas en delitos contra adultos mayores, propine Ernesto Núñez
“Cuidar los bienes de nuestros adultos mayores es una tarea que nos concierne a todos”, afirma el diputado federal
Ciudad de México a 20 de noviembre de 2024.- Incrementar la agravante al delito de robo y de despojo cuando la víctima sea un adulto mayor o que cuente con alguna discapacidad, esto con el fin de proteger a estos sectores, fue la propuesta presentada por el diputado federal, Ernesto Nuñez Aguilar, ante el pleno del Congreso de la Unión.
Con un proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 372 Bis y se reforma el Artículo 395 del Código Penal Federal, el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), busca también educar a las nuevas generaciones sobre la importancia del rol que juegan los adultos mayores en el país.
“Los bienes muebles e inmuebles de cada persona deben ser protegidos y en caso de que las personas sean despojadas o privados de ellos, las leyes deben sancionar el acto. Todos los objetos tienen igual relevancia ante los ojos del Estado pero debemos ser conscientes que no todos tienen las mismas posibilidades de
recuperarlos, como es el caso de los adultos mayores. Ellos, han dedicado su vida a construir un legado y merecen que sus esfuerzos sean protegidos y valorados”, dijo.
Núñez Aguilar recordó que, el Código Penal Federal reconoce el robo cuando se priva de sus pertenencias a cualquier individuo, tratándose únicamente de bienes muebles. Sin embargo, los individuos también pueden ser privados de sus bienes inmuebles, pero a esto la ley lo categoriza como otro tipo de delito: el despojo.
“Con la presente propuesta de reforma se plantea incrementar la agravante al delito de robo y de despojo cuando la víctima sea un adulto mayor o que cuente con alguna discapacidad, esto con el fin de proteger a estos sectores que, en sí, son de relevancia social y, por lo tanto, prioritarios para el gobierno mexicano”, explica el legislador.
La propuesta presentada por el legislador, plantea que con la adición de un artículo 372 bis y se reforma el artículo 395 del Código Penal Federal, para quedar como sigue: Artículo 372 bis. Cuando la o las víctimas de robo fueran adultos mayores o personas vulnerables en razón de alguna discapacidad cuya situación los
coloque en un estado de indefensión, se incrementará hasta en un tercio de la pena que corresponda.
“Cuidar los bienes de nuestros adultos mayores es una tarea que nos concierne a todos. Es un acto de respeto y gratitud hacia aquellos que nos han dado tanto. Sigamos trabajando juntos para garantizar que sus bienes sean valorados y que su legado perdure en el tiempo”, concluyó.